Investigador Elmer Burga Mundaca, sostiene que los vertimientos de aguas residuales con desechos tóxicos por parte de Buenaventura (propietaria de minera La Zanja), deben ser analizados por una institución sin intereses en el Perú para garantizar imparcialidad al proceso.

 

Fuente: El Digital
El investigador de ASOPROVIDA del Perú, Elmer Burga Mundaca, señaló que minera La Zanja vierte relaves mineros de manera intermitente en época de lluvias; no obstante, la zona donde opera (Santa Cruz, Cajamarca) al ser cabecera de cuenca, registra lluvias de 6 a 7 meses del año, generando daños ecológicos que repercute en la cuenca del río Chancay.

“La empresa minera acepta que viene realizando vertimientos, ellos dicen que se trata de agua residual debidamente tratada, por lo tanto, exigimos que una entidad internacional realice muestreos (inopinados) de agua y sedimentos, para determinar la presencia de minerales en el agua está sobre la cantidad máxima permisible”, agregó.

Precisó que dichos estudios deben efectuarse en quebrada El Cedro y los ríos Pisit y Canác (Pulán – Santa Cruz), el río Chancay y la laguna Boró (Chiclayo). Los resultados del análisis determinarían el impacto de la actividad minera en toda la cuenca.

Indicó que Buenaventura (propietaria de minera La Zanja), al conocer esta propuesta, manifestó abiertamente su negativa por aceptar la realización de muestreos, remarcando que INDECOPI ya efectuó los análisis correspondientes.

Burga Mundaca, mencionó que el laboratorio adjudicado a INDECOPI, también realiza trabajos para la referida minera y otras que forman parte de Buenaventura, situación que ha sido puesta en conocimiento del Gobierno Regional.

El representante de ASOPROVIDA, señaló que no se puede determinar el grado de contaminación mineral en el agua, ya que EPSEL no cuenta con un espectrofotómetro de absorción atómica, instrumento que permite determinar si la cantidad de metales pesados están sobre el límite máximo permisible.

Por otro lado, refutó al vicepresidente regional, Juan Pablo Horna, quien sostuvo que La Zanja no vierte relaves mineros solo aguas residuales, y que los “detractores” de la minera mienten por motivaciones políticas.

“Estoy en total desacuerdo con Horna, los cuestionamientos a La Zanja se basan en el artículo 2 inciso G de la Ley General del Ambiente, en su principio precautorio, la sociedad no puede esperar que suceda el problema para después tomar acciones; además, debemos garantizar que la actividad minera no afecte a otras, en desmedro de la salud y el desarrollo sostenible de una comunidad, el señor habla sin conocimiento técnico, no conoce nada sobre actividad minera”, finiquitó.