A partir de 2007, la actividad minera cayó en un limbo jurídico de luego que la Corte Suprema de Justicia derogara 13 artículos de la Ley General de Minería, causando pánico en la inversión.
Fuente: diario El Heraldo
13/05/2011. La actividad minera en Honduras se encuentra atrapada en un limbo jurídico, según han expresado diferentes analistas económicos y políticos, hecho que ha ocasionado la suspensión de nuevas inversiones.
La actividad minera ha venido siendo regulada por una ley parcialmente vigente, debido a que en 2007 la Corte Suprema de Justicia (CSJ) derogara 13 artículos de la Ley General de Minería.
Uno de los razonamientos expuestos por el pleno de la CSJ es que dicha ley creaba un estatus de privilegios a las empresas mineras al exonerarles del pago de impuestos, permitirles la adquisición de propiedades y hasta darles el derecho a exigir la expropiación por causa de utilidad de los predios concedidos para la explotación
Esta legislación, que fue aprobada a rajatablas en 1999, luego de los destrozos que ocasionara el huracán Mitch, resultó un fiasco puesto que por medio de la misma se otorgaba a las transnacionales mineras una serie de privilegios que rebasaban los principios de la Constitución de la República, en cuanto a deberes y derechos.
Minería a cielo abierto
Mediante esta ley, el Estado otorgó licencias de explotación a unas 157 empresas transnacionales que, aparte de gozar de beneficios exagerados, instauraron en muchos poblados de Honduras la metodología de explotación a cielo abierto, causando serios daños ambientales a las comunidades.
Una de las concesiones más significativas fue la mina de oro San Martín, otorgada en el año 2000 a Entremares, subsidiaria de la canadiense Goldcorp, la tercera mayor productora de oro en el mundo.
Esta mina ha enfrentado la oposición sistemática de grupos ambientalistas por sospechas de alta contaminación y daño a los pobladores de los municipios de Cedros y El Porvenir, ubicados en el valle de Siria, en el departamento de Francisco Morazán.
Su caso se convirtió en un paradigma de los problemas que la extracción minera a cielo abierto causa a la salud de la población, razón por la cual mediante un decreto del Ejecutivo, el gobierno prohibió la explotación minera a cielo abierto, disposición que todavía es aplicada a las nuevas concesiones.
Los proyectos de ley
A falta de un marco jurídico, en 2004, una serie de organizaciones de la sociedad civil, junto con instituciones del Estado, elaboraron un proyecto de ley que trataba de reconducir la extracción minera dentro de un marco de respeto al medio ambiente y a los derechos de los pobladores, pero esta ley nunca llegó a aprobarse.
Igual suerte corrió otra propuesta de ley, mucho más restrictiva para las compañías mineras, presentada dos años después por la Alianza Cívica por la Democracia (ACD).
El último dictamen
Posteriormente, en 2005, el vicepresidente del Congreso Nacional, Ramón Velásquez Názar, presentó un proyecto de reformas a la Ley General de Minería, misma que pasó a un proceso de socialización con todos los sectores involucrados en la problemática de la minería.
De este proyecto de ley, surge un dictamen elaborado por una comisión especial, documento que fue introducido al pleno en marzo de 2006, siendo aprobado en su primer debate, pero quedando en suspenso al llegar al último debate.
Este dictamen crea mayores y efectivos controles ambientales sobre la actividad minera en sí, garantizando que solamente se avance en el proceso minero si se está trabajando sustentablemente, da mayor protección de los recursos renovables como el agua, los ecosistemas y zonas de reserva.
Por otra parte, induce al fortalecimiento de los mecanismos que garanticen que los concesionarios mineros resarzan los daños causados. Igualmente, crea los espacios de participación de las comunidades afectadas para decidir si se otorgan o no concesiones mineras en sus comunidades.
La propuesta faculta a las municipalidades y a las entidades de la administración pública en el ramo de obras públicas para utilizar los recursos mineros no metálicos en la realización de obras comunitarias.
También se establecen mecanismos de mayor rigidez que protejan los derechos de los propietarios de bienes raíces afectos o aledaños a las concesiones mineras ante posibles expropiaciones y constitución forzosa de servidumbres e incrementar los tributos aplicables a los concesionarios mineros.
A pesar de la existencia de un dictamen que fue ampliamente consensuado entre ambientalistas, la asociación de municipios, la Fiscalía del Ambiente, los empresarios de la minería y las instancias del gobierno, en el Congreso Nacional se ha presentado una propuesta de una nueva Ley de Minería, esta vez por el diputado Marvin Ponce.
Su contenido es similar al presentado por la ACD y supone, entre otras cosas, una actualización impositiva de la actividad minera, condición que las empresas mineras rechazan.
Minería artesanal
En cuanto a la actividad que realizan un conjunto de personas naturales que habitualmente se dedican a la explotación de minerales y que realizan sus actividades con métodos manuales, las propuestas de ley tienden a regularlas por medio de disposiciones.
La ley remite a las personas naturales o jurídicas a registrarse en las municipalidades correspondientes para someterse al régimen impositivo que la misma ley crea por concepto de explotación minera. Este dictamen dice que la persona natural o grupos constituidos como mineros artesanales, podrán aprovechar las sustancias no metálicas que se encuentren dentro el ámbito jurisdiccional de cada Alcaldía Municipal mediante el régimen de un permiso municipal para la explotación de sustancias no metálicas, el cual será otorgado por cada Corporación Municipal, previo dictamen ambiental emitido por la Unidad Municipal Ambiental (UMA).
Por medio de esta propuesta de ley se garantiza que las personas que individualmente se han dedicado a la extracción de metales en ríos y otros fuentes de extracción, recibirán asistencia técnica y capacitación para el desarrollo de la actividad minera. Por otra parte, los permisos municipales para ejecutar labores artesanales se otorgarán en zonas con extensiones hasta de 20 hectáreas.
El Estado apoyará a las Alcaldías Municipales a través del Instituto de Geología y Minas (Ingeomin) cuando estas fomenten, organicen y promuevan la explotación racional de sus recursos no renovables bajo la modalidad de minería artesanal; procurando la generación de empleo y el arraigo de sus habitantes en su lugar de origen. La discusión de la nueva Ley de Minería ha sido retomada esta semana por la Comisión del Congreso Nacional, que resolvió en primera instancia, hacer un recorrido por las minas que operan en Honduras para un diagnóstico que ayudará a situar la problemática.