El fiscal federal Emilio Ferrer decidió impulsar una nueva investigación contra la UTE Yacimiento Minero Aguas de Dionisio (YMAD)-Minera Alumbrera por la presunta violación del Código Penal Tributario que puede implicar una millonaria evasión al fisco. La Justicia Federal quiere que la UNT informe sobre los fondos recibidos. El rector pide que Campero y Marigliano rindan cuentas.

Fuente: Diario 24 y Tucumán a las 7

09/04/2010. La causa caratulada como “Minera Alumbrera – YMAD sobre supuesta infracción a la Ley 24769, expediente 400124/2010”, fue iniciada en febrero pasado por la Fiscalía Federal pero recién este viernes comenzaron a llegar los requerimientos a diferentes reparticiones públicas. Así, ingresó por mesa de entradas a la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) una solicitud de información sobre el dinero recibido y girado por el Consejo Interuniversitario Nacional en concepto de utilidades de YMAD de acuerdo a la ley 14771.

En este sentido, Ferrer giró más de veinte oficios a diferentes organismos públicos de todo el país. “Se solicitó información pertinente para esta investigación a la Auditoria General de la Nación, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Congreso de la Nación, todas las universidades nacionales que reciben parte de las utilidades obtenidas de YMAD y por supuesto también a la UNT”, aseguró una fuente judicial a eldiario24.com.

A raíz de la requisitoria, el rector de la UNT Juan Cerisola instruyó por escrito a a los representantes de la Universidad en YMAD, Mario Marigliano y Rodolfo Martín Campero para que brinden toda la información pertinente y contar así con todos los elementos que posibiliten una pronta respuesta al requerimiento judicial, y a la vez permitan a las autoridades universitarias acceder a datos imprescindibles sobre el desenvolvimiento de una empresa en la que tiene participación la UNT”. Los facsímiles del oficio judicial y de la nota del rector, acompañan esta nota.

Las mismas fuentes judiciales revelarón que el responsable del área financiera de la UNT y presidente de la Unión Argentina de Rugby, Luis Castillo, será conminado a que eleve su informe técnico a la Justicia.

“La UNT será la primera en ponerse a disposición de la Justicia. Cada peso evadido es menos dinero que ingresó a la Universidad para su crecimiento. El destino de los fondos y de los planos de construcción de la llamada Ciudad Universitaria ya fueron puestos a consideración por el Consejo Superior”, dijo un asesor técnico de la UNT.

Campero y Marigliano, en apuros

Los ex rectores Rodolfo Campero y Mario Marigliano son los responsables, junto a los representantes de Catamarca y la Nación, de la exploración, explotación y comercialización de los minerales que se extraen en Bajo la Alumbrera y Farallón Negro, propiedad de Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD) que administra las regalías mineras producidas por el legado de Abel Peirano a la Universidad Nacional de Tucumán.

Campero cumple dos funciones dentro del esquema minero: es director de YMAD desde mayo de 2004 y ejecutivo de la UTE YMAD-Minera Alumbrera desde marzo de 2005. En tanto que Marigliano fue nombrado como director de YMAD por el Consejo Superior en la sesión del 13 de junio de 2006, apenas dejó el mando de la casa de Juan B. Terán.

Los administradores de la UNT fueron severamente cuestionados por su desempeño en YMAD durante la sesión del Consejo Superior de la UNT del 22 de septiembre de 2009. Allí Campero y Marigliano brindaron un informe sobre contaminación que no dejó conformes a organizaciones ambientalistas y a la propia comunidad universitaria.

Las mismas fuentes judiciales confiaron a eldiario24.com que desde que trascendió que las investigaciones pueden poner en apuros a Campero y Marigliano se ha notado un tránsito intenso por los pasillos del edificio de Las Piedras al 400 de algunos socios políticos de los ex rectores vinculados a la Unión Cívica Radical.

La causa contra minera Alumbrera quedó a cargo del fiscal federal, Emilio Ferrer, quien deberá realizar las consultas necesarias con respecto a las responsabilidades de YMAD en la supuesta violación de leyes tributarias.

Precisamente, la Ley 24.769 del Régimen Penal Tributario, especifica cuáles serían los causales de evasión, según lo que corresponde. El texto aclara, en su artículo primero, que una evasión simple es cuando: “por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, siempre que el monto evadido excediere la suma de cien mil pesos ($100.000) por cada tributo y por cada ejercicio anual, aún cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un año”.

En este caso, la pena será de dos a seis años. Sin embargo, la presunta evasión de YMAD puede superar los montos estipulados como lo establece el artículo segundo de la misma norma: “la pena será de tres años y seis meses a nueve años de prisión”.

El fiscal Ferrer a cargo de la investigación
Luego que el procurador general de la Nación, Esteban Righi, aconsejara al fiscal federal Antonio Gustavo Gómez el inhibirse de actuar en algunas investigaciones preliminares, la causa contra minera Alumbrera estará a cargo del fiscal federal, Emilio Ferrer. Por eso, las investigaciones que Gómez solía llevar a cabo, recayeron esta vez en manos de Ferrer, quien deberá realizar las consultas necesarias con respecto a las responsabilidades de YMAD en la supuesta violación de leyes tributarias.

Precisamente, la Ley 24.769 del Régimen Penal Tributario, especifica cuáles serían los causales de evasión, según lo que corresponde. El texto aclara, en su artículo primero, que una evasión simple es cuando: “por acción o por omisión, evadiere total o parcialmente el pago de tributos al fisco nacional, siempre que el monto evadido excediere la suma de cien mil pesos ($100.000) por cada tributo y por cada ejercicio anual, aún cuando se tratare de un tributo instantáneo o de período fiscal inferior a un año”. En este caso, la pena será de dos a seis años. Sin embargo, la presunta evasión de YMAD superaría los montos estipulados como lo establece el artículo segundo de la misma norma: “la pena será de tres años y seis meses a nueve años de prisión”.