Loncopué, Neuquén, Argentina – 06/06/08. La Camara de Apelaciones de Zapala confirmó el 03.06.2008 la sentencia dictada oportunamente por la Jueza de Primera Instancia Dra. Ivonne SAN MARTIN, mediante la cual, a instancia de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué (AVAL) se ordenó suspender toda actividad minera en la localidad de Loncopué y en la Cuenca del Río Agrio, por no haber dado cumplimiento la Provincia de Neuquén a la convocatoria a debida audiencia pública.
Por Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopue

En su voto unánime, los Dres. Eduardo V. SAGUES y la Dra. Silvia B. GRICHENER, Jueces de Cámara, sostivieron que “…Cabe resaltar que resulta incomprensible la conducta de la accionada, en sostener la legalidad de la disposición 248/07, ya que la Constitución Provincial pone en cabeza del Estado la obligatoriedad de preservar el medio ambiente, y de fomentar la participación ciudadana en materia ambiental conforme arts. 90 y 93 de la Constitución Provincial…”

Por ello, atento al espíritu de tutela de la participación ciudadana que el Sr. Gobernador Jorge SAPAG ha demostrado en materia de selección de magistrados del Tribunal Superior de Justicia, solicitamos por este medio tambien se autolimite en esta materia y en consecuencia se abstenga de apelar la referida sentencia, acercando su oído y su corazón a la posibilidad de participación de la gente y alejándolo de los lobies de los intereses de las multinacionales mineras, por lo que le pedimos que imparta concretas instrucciones en tal sentido al Sr. Fiscal de Estado para que consienta la decisión judicial adoptada.

A.V.A.L.
ASAMBLEA DE VECINOS AUTOCONVOCADOS DE LONCOPUE
Loncopué – Neuquén
Patagonia Argentina