A pesar de los desastres ambientales que esa técnica viene ocasionando en otros territorios de Argentina y en los pocos países del mundo donde se practica, y de las múltiples objeciones presentadas al proyecto, el gobierno aprobó de modo ilegal e ilegítimo una reglamentación que, lejos de proteger el agua y los ambientes mendocinos, los pone en alto riesgo y flexibiliza los requisitos en las áreas ya concesionadas.

Por Asambleas Mendocinas Por el Agua Pura (AMPAP)

DECLARACIÓN DE LAS ASAMBLEAS MENDOCINAS POR EL AGUA PURA
RECHAZO AL FRACKING, AL DECRETO 248/18 DEL GOBERNADOR CORNEJO Y A LA “ZONA DE EXCLUSION” PROPUESTA POR LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVEAR

El Gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, y su Ministro de Economía, Infraes-tructura y Energía, Martín Kerchner, reglamentaron mediante el Decreto N°248/18 la explotación de yacimientos no convencionales de hidrocarburos por fracking.

A pesar de los desastres ambientales que esa técnica viene ocasionando en otros territorios de Argentina y en los pocos países del mundo donde se practica, y de las múltiples objeciones presentadas al proyecto, el gobierno aprobó de modo ilegal e ilegítimo una reglamentación que, lejos de proteger el agua y los ambientes mendocinos, los pone en alto riesgo y flexibiliza los requisitos en las áreas ya concesionadas.

Por ello, y porque desde hace años las asambleas de AMPAP nos venimos oponiendo al fracking, saludamos y apoyamos el pedido de inconstitucionalidad del Decreto 248/18 presentado por OIKOS ante la Suprema Corte de Justicia.

Asimismo, ratificamos nuestro apoyo a las Ordenanzas Municipales que prohíben la fractura hidráulica en General Alvear (nº 3934/13), San Carlos (nº 1431/13) y Tupungato (nº 28/13), y reiteramos nuestro reclamo de que la Legislatura provincial sancione una Ley de Prohibición del Fracking en todo el territorio mendocino.

Por su parte, la Municipalidad de General Alvear está proponiendo agregar al Decreto 248/18 una “zona de exclusión para delimitar el área de explotación de hidrocarburo no convencional por fracking”. Eso implica avalar la fractura hidráulica como método extractivo, contradiciendo la Ordenanza Municipal nº 3934/13.
De prosperar esa egoísta y sectorial propuesta de zona de exclusión, limitada a la cuenca del río Atuel, el resto del territorio provincial quedaría como “zona de sacrifi-cio” para la explotación no convencional de petróleo y gas mediante fracking.

Esto pone en situación de altísimo riesgo a las cuencas hídricas de toda Mendoza, por los potenciales derrames y contaminación de nuestras aguas superficiales y subterráneas, y podría implicar un aumento de la sismicidad en nuestra provincia.

Por todo ello, las ASAMBLEAS MENDOCINAS POR EL AGUA PURA nos declaramos en ALERTA MÁXIMA y en estado de ASAMBLEA Y MOVILIZACIÓN PERMANENTE, has-ta que el DECRETO N° 248 (Boletín Oficial N° 30566 del 9 de Marzo de 2018) SEA DE-ROGADO por completo, y hasta que se trate y APRUEBE UNA LEY PROVINCIAL QUE PROHIBA EL FRACKING EN TODA LA PROVINCIA DE MENDOZA.

¡NO al DECRETO N°248/18 del Gobierno de Mendoza!
¡NO a la propuesta de la Municipalidad de General Alvear de agregarle una ZONA DE EXCLUSIÓN para el fracking limitada a la cuenca del río Atuel!
¡Tratamiento y aprobación urgente de una LEY DE PROHIBICION DEL FRACKING EN TODA LA PROVINCIA DE MENDOZA!
¡NO a la megaminería y a las fumigaciones aéreas!
¡SÍ al Agua pura, SÍ a la Vida!

Asambleas Mendocinas Por el Agua Pura (AMPAP)
General Alvear, Mendoza, 14 de Abril de 2018