El gobierno mendocino aprobó la Declaración de Impacto Ambiental del Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO) y la ministra de Energía, Jimena Latorre, presentó el expediente en la Legislatura para su ratificación, como indica la Ley Nº7722. Este sería el último paso para habilitar 34 proyectos de exploración en el Departamento de Malargüe, actividad rechazada por un pueblo que históricamente luchó defendiendo el agua. MDMO es uno de los ejes del segundo gobierno de Alfredo Cornejo, un proyecto extractivista que implica el desarrollo de la industria minera en una zona de 20.000 kilómetros cuadrados, en el sur de la Provincia. Las asambleas socioambientales afirman que, para allanar el camino, el Gobierno provincial buscó dejar sin efecto la Ley guardiana del agua de Mendoza (Ley Nº 7722) y así garantizar negociados para Impulsa Mendoza SA. Ésta intención del gobierno quedó en evidencia en el Nuevo Código de Procedimientos Mineros y en el tratamiento exprés que este recibió en ambas cámaras de la Legislatura. Con el Código y el Estudio de Impacto Ambiental aprobados, el visto bueno final en la Legislatura parece ser un trámite sencillo que habilitaría una actividad “sin la licencia social del pueblo mendocino”.

Por: Noalamina.org

La historia de Mendoza está marcada por la reglamentación del uso y el cuidado del agua

La historia del riego en Mendoza hunde sus orígenes en la noche de los siglos.  Pueden diferir las teorías en cuanto al tipo de aprovechamiento que hayan realizado los huarpes, primitivos habitantes naturales de estos valles; pueden diferir los estudios que tienden a establecer el grado de influencia que puedan haber alcanzado durante la dominación incaica.  Lo cierto es que, para haber hecho efectiva la ocupación del oasis mendocino, fue necesario que estas tierras tuvieran un sistema de regadío y aprovisionamiento de agua.

La valoración y aprovechamiento del agua es algo que los primeros habitantes de estas tierras aprendieron muy pronto. Desde los primeros años de la fundación de la ciudad de Mendoza hacia 1566,  ya se había reglamentado el uso y cuidado de los cauces de riego, como funciones propias que debía cumplir el Cabildo.

La amenaza de la minería metalífera a gran escala

Ante el avance de la megaminería en América Latina, las comunidades afectadas por la actividad comienzan a alertar de que las promesas de empresas y gobiernos eran sólo “espejitos de colores”, difundiendo acerca de los efectos devastadores de orden social, económico y ambiental en sus territorios.

En Argentina, los catamarqueños, después de dos años de iniciado el Proyecto Bajo Alumbrera comienzan a descubrir las verdaderas consecuencias de la explotación minera a gran escala. Y en el año 2003, el pueblo de Esquel se opone a la explotación de una mina de oro y plata -distante a sólo 6 km de la ciudad- mediante un plebiscito. Esta concientización, de que según la legislación existente se trataba de un saqueo y que, en los procesos de extracción con sustancias químicas tóxicas de los metales diseminados la contaminación era inevitable, derivó en leyes provinciales que restringían la actividad. Chubut, fue la primera provincia en sancionar una ley que prohibió la minería a cielo abierto con uso de cianuro.

La provincia de Mendoza posee un subsuelo rico en minerales entre los que se destacan en la actualidad el uranio y el cobre, debido al interés generado por dar respuesta a la transición energética. La experiencia de la explotación del uranio desde la dictadura militar hasta 1995 no había sido positiva y los pasivos ambientales con materiales radiactivos permanecieron durante décadas abandonados y sin ninguna protección.

Todos éstos antecedentes, hicieron que ante la llegada de empresas mineras dispuestos a reactivar la explotación de uranio o con la escusa de una supuesta remediación -tratar los desechos abandonados extrayendo las toneladas de uranio que todavía contenían- el pueblo mendocino presionara a sus representantes hasta lograr tener una norma legal que los protegiera. Así, nace la famosa Ley Nº 7722 que fue sancionada el 20 de junio de 2007.

Ley Nº 7722: Prohibición de uso de sustancias químicas en procesos de extracción de minerales

Artículo 1.- A los efectos de garantizar la sustentabilidad en el aprovechamiento de los recursos naturales, con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico y asegurar el cumplimiento de la actividad minera de los principios ambientales de sustentabilidad establecidos en la Ley Nacional Nº25.675 -Ley General del Ambiente-, Ley Nacional N° 24.585 -Protección Ambiental de la Actividad Minera-, Ley Provincial Nº 5.961-Preservación del Medio Ambiente- y su Decreto Reglamentario, Ley de Residuos Peligrosos Nº 5.917, el artículo 124 de la Constitución Nacional, el artículo 1 de la Constitución de la Provincia de Mendoza, Ley Provincial N° 8.051 de Ordenamiento Territorial de Mendoza, Ley Provincial Nº 8.999 – Plan Provincial de Ordenamiento Territorial, Ley Nacional Nº 26.639 – Régimen de presupuestos mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial y Ley Provincial Nº 6.045 – Protección de Áreas Naturales, establécese que el uso de sustancias químicas, mezclas o disoluciones de ellas, quedará restringido a aquellas que aseguren la sostenibilidad del proyecto y estará limitado a aquellos productos cuya producción, importación y uso esté permitido en la República Argentina, y su aplicación, transporte, almacenamiento y distribución estará sujeto a las normas vigentes provinciales, nacionales e internacionales.

17 años de resistencia sosteniendo la Ley Nº7722

Esta Ley, representa el gran obstáculo para el desarrollo de la actividad minera en Mendoza. Durante todos éstos años, han tratado infructuosamente de derogarla, modificarla y cuestionar su constitucionalidad. Sin embargo, el pueblo mendocino ha logrado sostenerla en la calle.

Los hechos más impactantes ocurrieron en diciembre de 2019, pocos días después de la asunción del gobernador Rodolfo Suárez, desencadenados a partir de la modificación de la Ley Nº 7722 en la Legislatura Provincial ocurrida el 19 de diciembre. A ese día se lo conoce como “El día de la traición”, porque los diputados y senadores tanto de la alianza Radical-Pro “Cambia Mendoza” como los legisladores del Justicialismo votaron en una sesión exprés -en 10 horas se aprobó en ambas cámaras- dicha modificación habilitando el uso de cianuro, ácido sulfúrico y otras sustancias utilizadas para la extracción hidroquímica de los metales, abriéndole las puertas a la actividad minera a gran escala.

La decisión del nuevo gobierno, no tuvo en cuenta la falta de licencia social para la minería, generando un masivo rechazo popular. El motivo se basaba en que hasta ese momento, la mencionada norma provincial protegía a la población -y a las producciones vitivinícolas y agrarias- de la contaminación y la competencia por el agua por parte de la actividad. La producción agraria en la provincia fue diseñada y organizada por el gobierno del general José de San Martín en los tiempos en que se preparaba en ese territorio el cruce de los Andes en las guerras por la Independencia.

Los pueblos y ciudades mendocinos salieron a las rutas en una marcha histórica a fin de llegar a la capital y exigir la anulación de las modificaciones. La caravana recorrió más de 100 km.

Frente a la Casa de Gobierno de Mendoza – 23 de diciembre de 2019.

El 23 de diciembre, la respuesta del gobierno de Suárez no fue otra que represión, detenciones y prometer que la promulgación avanzaría igual. Pero el 27 reconocería que no tenía “licencia social”, y tres días después, el 30 de diciembre, llegaría “el día de la recuperación”, cuando el mandatario provincial derogó la Ley Nº9209, que por diez días torció la voluntad popular.

El artilugio de zonificar

En marzo del año 2023, el gobierno de Suárez crea la empresa estatal Impulsa Mendoza SA . Según establece su constitución, la sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, al desarrollo de la actividad Minera. La excusa perfecta, justificada por la presencia de minas de cobre en la provincia ha sido la necesidad de dar respuesta al desafío que representa la transición energética en el mundo.

Ante la imposibilidad de lograr un aval provincial para la minería, se buscó un Departamento mendocino que aceptara el discurso de progreso y desarrollo para la actividad en su territorio. Así nace, Malargüe Distrito Minero Occidental

El distrito se ubica en el sector cordillerano y centro-sur del departamento de Malargüe. Cuenta con una superficie de casi 20.000 km2 y 1,9 millones ha. Sus principales vías de acceso son las rutas nacionales 40 y 188. Las propiedades mineras ubicadas dentro de esta zona representan el 37,5% de la superficie total del distrito, es decir, 703 mil ha.

 

Proyectos y empresas interesadas en el Malargüe Distrito Minero (MDMO)

En principio, son 34 los permisos de exploración con Manifestación de Impacto Ambiental. Sin embargo, hay muchas más firmas que tiene propiedades mineras. Sin contar a Impulsa Mendoza S.A., la sociedad estatal mendocina con la que el Gobierno marca presencia en la planificación del futuro de la minería, hay 19 empresas (y empresarios a título personal) detrás de 167 proyectos que integran el mapa de Malargüe Distrito Minero Occidental.

Entre las compañías en carrera para hacer pie en la zona con sus emprendimientos hay empresas locales y varias multinacionales interesadas en el cobre y el oro que tiene Malargüe.

1- Empresas multinacionales: Hanaq de origen chino, Terra Global de origen norteamericano y Ontario Inc. de origen canadiense.

Hanaq: Fundada por un empresario del mundo de las finanzas con inversiones mineras en América Central y distintas partes del mundo. Posee 20 propiedades. Tang Xiaohuang, su CEO, se propone explorar 3 proyectos.

Terra Global: Su sede central se encuentra en Oakland, tiene la particularidad de ser una firma conducida por mujeres, que llamativamente se autodefine como “líder mundial en el desarrollo de programas de soluciones basadas en la naturaleza”. Tiene una fuerte presencia en Chile y ahora busca hacer lo propio en el sur de Mendoza.

2- Empresas locales: se trata de inversores de Mendoza. Varios de ellos con nombres propios que son geólogos de profesión, como es el caso de Guillermo Pensado, con larga trayectoria vinculada a la exploración de uranio en el sur mendocino (Sierra Pintada). Pretende impulsar 1 proyecto entre sus 3 propiedades mineras; pero además, es responsable del Plan Pilares, que el Gobierno presentó recientemente como su plan estratégico para la minería de las próximas décadas.
Otro inversor es Raúl Concina que tiene 13 propiedades y es impulsor de 12 proyectos en Malargüe,  dueño de la minera AgCu (por plata y cobre). Y otro nombre reconocido en el sector de la minería es el de Gustavo Racioppi, ex titular de la Asociación de Geólogos de Mendoza.

Debemos tener en cuenta que en Malargüe hay 2 proyectos que están más avanzados en su etapa de exploración como son Potasio Río Colorado para extracción de cobre e Hierro Indio para extracción de hierro.

 

Audiencia Pública irregular de evaluación conjunta de 34 proyectos de exploración minera en MDMO

El 14 de septiembre, se realizó y se aprobó la Audiencia Pública donde se evaluó en forma conjunta los 34 permisos de exploración con Manifestación de Impacto Ambiental presentados por las empresas propietarias de los proyectos. La aprobación conjunta es preocupante porque indica que es un estudio general y podríamos afirmar que resulta incompleto.

Además, debemos tener en cuenta que en coincidencia el pasado 23 de julio la FADE (Federación Argentina de Espeleología) presentó una denuncia para que la Subsecretaría de Energía y Minería, en tanto órgano de control, esclarezca una serie de irregularidades que contiene el Informe de Impacto Ambiental presentado por la empresa estatal Impulsa Mendoza Sostenible S.A., en representación de los proyectos empresariales en el denominado Malargüe Distrito Minero Occidental.

“El Informe de Impacto Ambiental omite dos cuestiones esenciales para todo procedimiento de Estudio de Impacto Ambiental, que son la descripción del proyecto a desarrollar (en este caso las actividades específicas que realizará cada proyecto minero dentro del espacio territorial) y el ecosistema donde se realizarán dichas actividades, despojando a la evaluación de impacto ambiental de su principal característica, que es la de confrontar un proyecto con su entorno ecológico, económico y socio-cultural”, señala la denuncia de la FADE.

“En su lugar –agrega – se presenta un estudio ambiental de carácter general para un área muy extensa” y, “para compensar la notable carencia de información sobre los proyectos mineros que se desarrollarán, presenta una simulación de posibles combinaciones de proyectos, en un total de ocho proyectos simultáneos, sin mencionar qué proyectos serán estos y por lo tanto dónde estarán ubicados dentro de la extensión de 20 mil km2”.

La imputación de la FADE se basa en que, sin conocer los aspectos básicos de los proyectos, los dictaminadores técnicos y organismos involucrados no pueden realizar una correcta evaluación de los impactos ambientales.

Por otra parte, la Federación advierte que, a través de nuevas resoluciones (N°3 Dirección de Protección Ambiental y N° 17 de la Dirección de Minería) y con el objetivo de acelerar el proceso, se convoca a audiencia pública en el mismo acto de inicio del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, subvirtiendo la Reglamentación de Audiencias Públicas (Resolución 109/MAOP/96).

En este sentido, se remarca que debido a que el Distrito Minero contiene en su superficie reservas provinciales creadas por ley, como Caverna de las Brujas y Castillos de Pincheira, corresponde un dictamen del IADIZA (Instituto Argentino de Investigaciones de las Zonas Áridas), ya que “la complejidad del proyecto obliga a la autoridad ambiental a actuar en función del principio preventivo”.

Teniendo en cuenta las inconsistencias en las que se incurre, la FADE pregunta: ¿Hubo una evaluación del impacto que puede provocar el uso de agua para minería en el medio hipogeo y en la fauna endémica que lo habita? ¿Se han hecho esos estudios en las supuestas 231 cavidades que dice el informe? ¿Por qué no se exhibe ese catastro de cavidades? ¿Se ha hecho el estudio de migración intersticial de esa fauna?

En este sentido, los espeleólogos exigen que el Informe se complete con la información que se requiere, se incluya el relevamiento de las cavidades naturales y su clasificación según el grado de importancia mineralógica y biológica, y una evaluación ambiental que se realice bajo la modalidad de Evaluación Ambiental Estratégica, entre otros requerimientos.

Malargüe Distrito Minero Occidental es uno de los ejes del segundo gobierno de Alfredo Cornejo. Un proyecto extractivista que implica el desarrollo de la industria minera en una zona de 20.000 kilómetros cuadrados, en el sur de la Provincia. Distintas asociaciones ambientalistas afirman que, para allanar el camino, el Gobierno provincial busca dejar sin efecto la Ley guardiana del agua de Mendoza (7722) y así garantizar negociados para Impulsa Mendoza. De acuerdo con estas voces, la intención del gobierno quedó en evidencia en el Nuevo Código de Procedimientos Mineros y en el tratamiento exprés que este recibió en ambas cámaras de la Legislatura.

Con el código aprobado, el Ejecutivo avanzó con la presentación del Estudio de Impacto Ambiental y, a principios de mayo, entregó a la Dirección de Minería el Informe elaborado por Impulsa Mendoza.

Los avales y los rechazos para el MDMO

En la Audiencia Pública, la comunidad de Malargüe fue contundente con el respaldo al proyecto, teniendo en cuenta que quieren desarrollar la minería. Sólo 37 consideraciones estuvieron en contra de hacer exploración, fundamentalmente expresado por el sector de los asambleístas por el agua pura, quiénes lo rechazaron el EIA.
Una de las opiniones se basó en apuntar contra la “imprecisión geográfica” de los proyectos en el Distrito Minero, lo que a su criterio impide determinar si hay o no glaciares. “Como el proyecto Malargüe Distrito Minero Occidental no identifica con precisión la ubicación geográfica de cada proyecto, no hay forma de compararlo con el inventario nacional de glaciares realizado por el IANIGLA.
Por otro lado, al no estar derogada la Ley Provincial 7722, están prohibidos el uso de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico en los procesos mineros. Al no estar correctamente definidos los proyectos, no sabemos si van a poder encuadrarse en dicha Ley”, destacó una opinión en contra.
Otra de las posturas que ponen en duda la sustentabilidad del proyecto llamaban a realizar una Consulta Popular para definir la prosecución del proyecto.

A la espera de la ratificación legislativa

Luego de la aprobación de la Declaración de Impacto Ambiental del Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO), la ministra de Energía, Jimena Latorre, presentó el expediente en la Legislatura para su ratificación, como indica la Ley Nº7722. Este sería el último paso para habilitar 34 proyectos de exploración en el Departamento de Malargüe, actividad rechazada por un pueblo que históricamente luchó defendiendo el agua. Sin embargo, con el Código y el Estudio de Impacto Ambiental aprobados, el visto bueno final en la Legislatura parece ser un trámite sencillo que habilitaría una actividad “sin la licencia social del pueblo mendocino”.