El Concejo Deliberante de Las Heras, Mendoza, acaba de sancionar la Ordenanza que lo declara municipio no tóxico y prohibe la megaminería, que fuera presentado por la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Uspallata. Un abrazo y reconocimiento especial a todxs lxs compañerxs de lucha y en especial a la memoria del Gato Fernandez, muchas gracias Karina Ferraris.

Ver también: Asamblea de vecinos de Uspallata presentaron proyecto de ordenanza de Municipio No Tóxico y Ambientalmente Sustentable

Por Federico Soria.

Acá el texto:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAS HERAS
ORDENA:

Artículo 1º: Declárese que el Departamento de Las Heras es “UN MUNICIPIO NO TÓXICO Y AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE”.

Artículo 2º: PROHÍBASE en el Departamento de Las Heras el eenmpleo de tecnologías, técnicas mineras o cualquier método de lixiviación o flotación con cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico, ioduro de sodio, bromuro de sodio, xantatos, alquil xantatos, alquil ditiofosfatos, xantoformiatos, detergentes, espumantes químicos y toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional 24.051, y/o que posea algunas de las características enunciadas en el Anexo II de la ley Nacional 24.051 y normas concordantes, en los procesos mineros de prospección, cateo, extracción, exploración, explotación, desarrollo, preparación, almacenamiento, e industrialización de sustancias minerales y/o cualquier otra fase del proceso productivo; o cualquiera otras técnicas mineras que liberen en el ambiente y dejen disponibles en el mismo, sustancias de cualquier índole que por sí mismas o en combinación con otras, pudieren resultar tóxicas y/o nocivas a la salud humana, al conjunto de los recursos naturales, agua, suelo, flora, fauna, gea, paisajes, fuentes de energía convencional y no convencional, y atmósfera en función de los valores del ambiente; como así también la minería nuclear y sus derivados.

Artículo 3°: Comuníquese a la Secretaría de Ambiente y la Dirección de Minería de la Provincia, a la Honorable Legislatura Provincial, a las áreas de incumbencia del la Municipalidad de Las Heras; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza y dése al Libro de Ordenanzas.