La Ley Nº 6302 de Jujuy, permitió convocar a una Convención Constituyente para realizar la reforma de la Constitución Provincial. Durante las elecciones provinciales fueron elegidos los 48 Convencionales Constituyentes titulares y los 10 suplentes. En una provincia donde el estado está en conflicto con los empleados públicos y apuesta a mayor extractivismo, fundamentalmente la minería de litio que es rechazada por muchas comunidades, Gerardo Morales busca modificar la carta magna para avanzar en restricciones sobre las protestas sociales.
Por: noalamina.org
En Jujuy, se aprobó la Ley Nº 6302 con el fin de convocar a una Convención Constituyente para realizar la reforma de la Constitución Provincial. Por ello, el 7 de mayo, los jujeños además de votar por gobernador y legisladores, eligieron a los 48 Convencionales Constituyentes titulares y 10 suplentes. Se trata de la iniciativa impulsada por el gobernador Gerardo Morales, que busca modificar la carta magna para avanzar en restricciones sobre las protestas sociales y eliminar la posibilidad de indultar y conmutar penas a los delitos de corrupción y femicidio. Desde el mes de junio, los candidatos elegidos realizarán el tratamiento de los 47 puntos de reforma en la Legislatura de Jujuy con un plazo de tres meses para llegar a un resultado final.
Además, para tratar de lograr la licencia social, promocionan desde el Estado la reforma asegurando que se buscará “modernizar las instituciones y promover la protección del ambiente”¹. Sin embargo, esto se contradice con los objetivos provinciales que apuestan a más y más extractivismo, fundamentalmente minería de litio con la excusa de “apostar por la lucha contra el cambio climático y la adopción de agenda moderna con priorización de la puesta en marcha de políticas de promoción de energías renovables”². Cabe destacar, que existe una creciente oposición de las comunidades que serán afectadas por la extracción del litio de los salares de altura de la provincia, debido tanto a la competencia por el agua como a los riesgos de contaminación.
Por otra parte, la Comunidad Angosto El Perchel del Departamento de Tilcara, envió una nota a la Convención Constituyente 2023, solicitando la consulta indígena según lo establece el Art. 6 del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT. Esta presentación, es debido a que existen registradas formalmente en instituciones provinciales más de 300 comunidades indígenas preexistentes al estado provincial. Por lo tanto, la Ley Provincial Nº 6302 tiene carácter de inconstitucional e ilegal, dado que la modificación de la Constitución afectará a dichas comunidades y no podría aprobarse sin que se realizara la consulta previa y obligatoria. Por todo lo expuesto, solicitaron a la Convención Constituyente Jujuy 2023, la ejecución de la Consulta Indígena con su posterior consentimiento y expresaron que de no ocurrir, accionarían legalmente por incumplimiento del marco constitucional legal vigente en Argentina.
El día 7, públicamente la Comunidad Indígena Angosto El Perchel, la Comunidad Aborigen Lumara de Abra Pampa, la Comunidad Cueva del Inca de Tilcara junto a otras comunidades indígenas que por escrito reclamaron la vigencia del estado de Derecho en Jujuy, expresaron la adhesión al paro docente y al paro provincial. Al día siguiente, durante dicho paro, acompañaron a entidades, comunidades, ciudadanos y ciudadanas jujeños, en el marco de la libre expresión y por una provincia más democrática.
Fuente: ¹, ², Infobae