Ante el repentino anuncio de que el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) finalmente iniciará las tareas de inventariado de áreas glaciares y periglaciares en la Sierra del Aconquija que le fuera encomendado por la Ley de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial (Ley N° 26.639, Art. 5. En adelante Ley de Glaciares), NOS VEMOS EN LA NECESIDAD DE HACER PÚBLICAS LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES DEL CASO, A FIN DE APORTAR AL DEBATE, POSICIONAMIENTO Y ACCIÓN PÚBLICA de nuestras comunidades, de la ciudadanía en general y de los actores y autoridades políticas, según sus respectivos roles y responsabilidades.
Imagen: Trabajo de la Universidad de Zurich muestra extenso ambiente periglacial en la Sierra del Aconquija en zona de actividad minera
Por Colectivo Sumaj Kawsay
COMUNICADO
LA PROTECCIÓN DE LOS SISTEMAS GLACIARES NO DEBE SER OBJETO DE ESPECULACIONES, NI POLÍTICAS NI CORPORATIVAS
LAS AUTORIDADES PÚBLICAS SON JUDICIAL Y POLÍTICAMENTE RESPONSABLES POR LA PRESERVACIÓN DE LOS GLACIARES Y ÁREAS PERIGLACIARES
DEFENDEMOS Y EXIGIMOS LA APLICACIÓN DE LA LEY DE GLACIARES. DEBEN CUMPLIMPLIRSE Y RESPETARSE CABALMENTE LA LETRA Y EL ESPÍRITU DE LA LEY
REIVINDICAMOS Y REAFIRMAMOS LA LEGÍTIMA LUCHA POPULAR POR LA PROHIBICIÓN DE LA MEGAMINERÍA TRANSNACIONAL EN NUESTRO PAÍS
Ante el repentino anuncio de que el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) finalmente iniciará las tareas de inventariado de áreas glaciares y periglaciares en la Sierra del Aconquija que le fuera encomendado por la Ley de Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial (Ley N° 26.639, Art. 5. En adelante Ley de Glaciares), NOS VEMOS EN LA NECESIDAD DE HACER PÚBLICAS LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES DEL CASO, A FIN DE APORTAR AL DEBATE, POSICIONAMIENTO Y ACCIÓN PÚBLICA de nuestras comunidades, de la ciudadanía en general y de los actores y autoridades políticas, según sus respectivos roles y responsabilidades.
1.- La Ley de Glaciares fue el PRODUCTO DE UNA ARDUA Y PROLONGADA LUCHA CÍVICA PROTAGONIZADA POR DIVERSOS ACTORES Y ORGANIZACIONES SOCIALES DE TODO EL PAÍS (comunidades de pueblos originarios y campesinas, asambleas de vecinos, organizaciones ambientalistas, investigadores y docentes de distintos niveles del sistema educativo, organizaciones sindicales y fracciones del movimiento obrero, artistas y trabajadores de la cultura, entre otros) a FIN DE INTENTAR PRESERVAR ESTOS ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS Y DE PONER UN COTO BÁSICO DE RACIONALIDAD PARA SU PROTECCIÓN, anta la voraz avanzada sobre los mismos de intereses corporativos privados que constituyen de facto un serio riesgo de destrucción y/o contaminación.
Cabe recordar que dicha Ley fue iniciada originariamente a través de un proyecto impulsado por la Diputada (MC) Marta Maffei en el año 2007, aprobada por el Congreso de la Nación y luego VETADA POR LA PRESIDENTA Cristina Fernández de Kirchner en el año 2008; reimpulsada por el Dip. (MC) Miguel Bonasso y finalmente APROBADA TRAS UNA MASIVA MOVILIZACIÓN DE APOYO POPULAR A LA MEDIDA en el mes de Septiembre de 2010. El debate parlamentario de la misma implicó la realización de una serie Audiencias Públicas en las que como pocas veces en la práctica de nuestra democracia, el Congreso de la Nación abrió sus puertas para escuchar la voz de ciudadanas y ciudadanos de distintos sectores, saberes, lugares y oficios interesados en la normativa.
Durante los debates quedó claro que quienes se oponían a la Ley (representantes de empresas privadas mineras, petroleras y de grandes inversionistas y sus respectivos voceros y aliados provenientes de gremios profesionales y de fuerzas partidarias muy ligadas a los intereses extractivistas) sólo estaban interesados en anteponer sus visiones de negocio y de lucro por encima de la preservación de los ecosistemas glaciares; en tanto que la amplia mayoría que apoyó la iniciativa eran pobladores y vecinos de áreas cordilleranas que procuraban salvaguardar las cuencas hídricas de las que depende la vida en general y todas las actividades humanas fundamentales.
La definitiva sanción de la Ley fue, así, y representa aún ahora un verdadero triunfo popular no sólo en la batalla por la defensa de los bienes comunes de nuestros territorios, sino también por la democratización real y sustantiva de nuestra sociedad y de nuestro sistema de gobierno. Como pocas veces, se logró la sanción de una ley concebida, no al calor de intereses privados, sino bajo el estricto resguardo del BIEN COMÚN DE LA NACIÓN.
2.- El objetivo fundamental de la Ley de Glaciares es el de proteger efectivamente los glaciares y sistemas periglaciares “por su valor como reserva hídrica, para consumo humano, para la agricultura, y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas, para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico” (Art. 1°, Ley N° 26.639).
Manifestamos, por tanto, nuestro apoyo al cabal y estricto cumplimiento de la Ley, en el rigor preciso de su letra y en la integridad de su espíritu y finalidad ético-política y solicitamos a las autoridades gubernamentales, y a las distintas fuerzas y expresiones sociales y políticas de nuestra sociedad que asumamos una actitud activa, seria y comprometida para velar por la correcta aplicación y vigencia de la Ley de Glaciares.
3.- VEMOS CON SUMA PREOCUPACIÓN QUE LAS CIRCUNSTANCIAS Y/O CONDICIONES DE APLICACIÓN DE LA LEY DE GLACIARES SEA MOTIVO DE ESPECULACIONES POLÍTICAS Y/O ECONÓMICAS DE DISTINTA ÍNDOLE. Advertimos y rechazamos abiertamente todo tipo de maniobras explícitas y/o implícitas, por acción u omisión, orientadas a FRAGUAR PROCEDIMIENTOS Y/O RESULTADOS que terminen defraudando la suprema voluntad popular expresada en los contenidos de la Ley. Planteamos la necesidad de asumir la defensa de los ecosistemas glaciares, en general, y de los que integran el sistema del Aconquija, en particular, como un BIEN COMÚN SUPREMO QUE NO PUEDE SER OBJETO DE NEGOCIACIÓN, ESPECULACIÓN Y/O VULNERACIÓN POR PARTE DE NINGÚN GRUPO NI SECTOR POLÍTICO-PARTIDARIO, EMPRESARIO O CORPORATIVO.
4.- Aclaramos que, de acuerdo a la Ley, el IANIGLA es el único organismo competente y responsable para realizar el inventariado y monitoreo de glaciares. La Ley encomendó y puso bajo su RESPONSABILIDAD semejante misión, por lo que HACEMOS UN LLAMADO PÚBLICO a esta entidad y al equipo de trabajo que específicamente realice el inventariado inicial en el Sistema del Aconquija, a que ACTÚEN CON ABSOLUTA PROBIDAD, HONESTIDAD, COMPETENCIA Y RESPONSABILIDAD CIENTÍFICA, ÉTICA Y POLÍTICA, con plena conciencia del valor de la misión encomendada y de las implicaciones de la misma para la vida del pueblo de Andalgalá en particular y de todas las poblaciones que directa o indirectamente viven en y del sistema hidrográfico del Aconquija.
5.- Independientemente de la apelación al trabajo honesto y a conciencia del personal del IANIGLA, advirtiendo las eventuales presiones de poderosos intereses privados y tomando nota también que no es extraño que profesionales de las ciencias geológicas y afines tengan distintos tipos de vínculos laborales y/o económicos con empresas mineras y extractivas en general, CONSIDERAMOS INDISPENSABLE QUE LA MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ, COMO PRIMER ÓRGANO DE PODER Y DE COMPETENCIA EN LA MATERIA, TOME MEDIDAS PRECAUTORIAS Y LOS RECAUDOS NECESARIOS PARA ASEGURAR LA FIABILIDAD Y VALIDEZ DEL ESTUDIO A REALIZAR EN SU INTEGRIDAD. PARA ELLO, SOLICITAMOS ESTABLEZCA MECANISMOS EFICACES DE CONSULTA E INFORMACIÓN PÚBLICA A LA COMUNIDAD, ASÍ COMO INSTANCIAS DE CONTRALOR Y EVALUACIÓN INDEPENDIENTE DE LAS TAREAS A REALIZAR POR EL IANIGLA EN LAS SIERRAS DEL ACONQUIJA, FACILITANDO LA PARTICIPACIÓN E INTERVENCIÓN DE PROFESIONALES INDEPENDIENTES Y DE LA COMUNIDAD EN GENERAL EN TALES TAREAS DE CONTROL Y VALIDACIÓN DEL RELEVAMIENTO DE GLACIARES Y ÁREAS PERIGLACIARES.
Las autoridades de gobierno en general, el gobierno municipal en primera instancia y los gobiernos provincial y nacional en última instancia, tienen a este respecto la obligación de tomar todas las medidas y recaudos necesarios para garantizar la claridad, transparencia y fiabilidad científica y política del inventario y monitoreo a realizarse.
6.- Advertimos que, tal como es de público conocimiento, y de acuerdo a estudios científicos disponibles, SE HA CONSTATADO YA NO SÓLO LA EXISTENCIA DE IMPORTANTES CUERPOS DE GLACIARES Y DE ZONAS PERIGLACIARES EN EL SISTEMA DEL ACONQUIJA, SINO TAMBIÉN EL IMPACTO NEGATIVO SOBRE LOS MISMOS PROVOCADO POR LAS ACTIVIDADES DE LOS PROYECTOS MINEROS FILO COLORADO Y AGUA RICA[1], situación lamentable que implica UNA FLAGRANTE VIOLACIÓN DE LA LEY cuya aplicación estamos advocando y que ha motivado una específica acción judicial ante la Corte Suprema de la Nación[2]. En virtud de ello, instamos a las autoridades competentes y con responsabilidad directa en el caso –desde el gobierno municipal de Andalgalá, al gobierno provincial, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, así como a los funcionarios y cuerpos judiciales pertinentes- a tomar medidas urgentes en el caso, a fin de cumplir y hacer cumplir el mandato de la Ley, poner término inmediato a las violaciones actualmente en curso y aplicar las sanciones correspondientes previstas en el texto de la misma.
7.- HACEMOS UN LLAMADO GENERAL A LA MOVILIZACIÓN SOCIAL Y LA LEGÍTIMA Y PACÍFICA MANIFESTACIÓN CÍVICA EN DEMANDA DEL CABAL CUMPLIMIENTO Y VIGENCIA DE LA LEY DE GLACIARES, TANTO EN EL SISTEMA DEL ACONQUIJA, COMO EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL Y LAS REGIONES CORDILLERANAS DEL PAÍS.
REAFIRMAMOS LA CONVICCIÓN DE LA NECESIDAD DE ASUMIR LA DEFENSA ACTIVA DE LOS BIENES COMUNES DE NUESTRO TERRITORIO CONTRA LAS AMENAZAS MANIFIESTAS DE ACTIVIDADES LESIVAS Y TÓXICAS PARA NUESTRO AMBIENTE.
COMO LO PLANTEAMOS EN EL MOMENTO DEL DEBATE EN EL CONGRESO, NO ES LA LEY DE GLACIARES LA QUE ATENTA CONTRA LA MINERÍA. ES LA MINERÍA TRANSNACIONAL A GRAN ESCALA LA QUE ATENTA CONTRA LOS GLACIARES Y CONTRA NUESTRAS FUENTES DE AGUA EN GENERAL.REAFIRMAMOS NUESTRO COMPROMISO Y HACEMOS UN LLAMADO GENERAL A SOSTENER LA LEGÍTIMA LUCHA POPULAR HASTA PROHIBIR Y ERRADICAR DE NUESTRO TERRITORIO LA ACTIVIDAD MINERA HIDROQUÍMICA A GRAN ESCALA, POR SER UNA ACTIVIDAD MANIFIESTAMENTE INSUSTENTABLE Y ALTAMENTE PERJUDICIAL PARA EL AMBIENTE, LA BIODIVERSIDAD, LAS ECONOMÍAS LOCALES Y LA SALUD EN GENERAL DE NUESTRAS POBLACIONES.
24 de agosto de 2013.-
COLECTIVO SUMAJ KAWSAY
[1] http://wp.cedha.net/wp-content/uploads/2011/09/Informe-Glaciares-de-Aconquija-Impactos-de-Mineria-Agua-Rica-y-Xstrata-Final-feb-18-2011.pdf. Cabe resaltar que este estudio ha sido declarado de interés municipal por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Andalgalá.
[2] http://wp.cedha.net/wp-content/uploads/2013/05/Amicus-Curiae-CEDHA-Andalgala-small.pdf