Los concejales de Esquel aprobaron hoy por unanimidad una declaración dirigida a la Legislatura de Chubut instándola a dar tratamiento y aprobación al Proyecto de Ley 075/14 presentado por la Unión de Asambleas Ciudadanas de Chubut para prohibir la minería metalífera y de radioactivos. El proyecto de ley fue impulsado mediante el mecanismo de Iniciativa Popular con la firma de trece mil siete firmas de chubutenses. Los vecinos autoconvocados de Esquel motorizaron y fundamentaron  la declaración utilizando la banca del vecino  y los concejales la aprobaron sobre tablas.

Por Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Esquel por el NO A LA MINA

En la primera sesión del año del Concejo Deliberante y con la presencia de numerosos vecinos, Fernanda Rojas, desde la banca del vecino, expuso los fundamentos del pedido en una intervención donde, con simpleza y emotivamente, pormenorizó los orígenes del proyecto de ley y el recorrido de movilización horizontal y popular de las planillas de firmas que permitió el respaldo de miles de vecinos de toda la provincia:

“Este proyecto de ley es el resultado de más de una década de aprendizaje colectivo asambleario (…) Así comenzó un exhaustivo proceso de información de vecino a vecino y de recolección de firmas, ya que hacía falta el aval de al menos un 3 % del padrón electoral de la provincia. Plazas, esquinas, calles, escuelas, iglesias, festivales y fiestas populares de todos los rincones de Chubut se poblaron de mesas de información y recolección de firmas. Gente de toda la provincia distribuyó planillas en el lugar de trabajo, en sus familias y con sus conocidos.”

La vecina hizo especial mención a la responsabilidad intergeneracional en el cuidado de los bienes naturales que plasma el proyecto de ley que nunca fue tratado en la Legislatura:

“(…) en términos más sencillos, pretendemos garantizar el derecho a un medio ambiente sano para nosotros y nuestros hijos, porque a pesar de la histórica gesta de Esquel contra la megaminería y la resistencia al extractivismo en todo Chubut, nuestros bienes más preciados, que son el agua y la tierra, corren peligro de contaminación letal.

También señaló la despreciable maniobra de la mayoria de los legisladores provinciales que en la sesión en que debían dar tratamiento al primero proyecto de ley impulsado por medio de Iniciativa Popular en la historia de la provincia, bastardearon y adulteraron completamente el texto original y sancionando una ley que abría las puertas a la minería. El proyecto de ley de la ciudadanía no fui ni siquiera leído en la sesión de la Legislatura.

“En la sesión del 25 de noviembre 2014 se bastardeó el proyecto de ley al cambiarla, tanto en contenido como en espíritu. 15 de los 27 diputados provinciales pisotearon la ilusión tejida por miles de esforzadas manos. Mediante el fraude y la corrupción, reemplazaron todos los artículos sustanciales de la ley ciudadana y aprobaron una ley de zonificación minera para habilitar la actividad en la provincia. Para muestra basta un botón. Todos recordarán la escandalosa foto que recorrió el país en el que el diputado Muñiz recibía en su teléfono instrucciones de Gastón Berardi, uno de los directivos de Yamana Gold, en el que le solicitaba corregir uno de los artículos de la ley trucha.”

La vecina sintetizó así su sentimiento y el de miles de vecinos que en todo Chubut se movilizan en defensa de la provincia, sus bienes naturales y la actividades verdaderamente productivas:

“Quiero aclarar que mi voz quebrada no tiene solo que ver con los nervios de ocupar por un rato esta Banca del Vecino, sino también con la emoción. Porque es imposible participar en un proceso social en defensa de la vida, en este gran acto de generosidad colectiva, sin conmoverse. Sin llenarse de esperanzas…”

Luego que el presidente del cuerpo, Jorge Junyent, propusiera su tratamiento sobre tablas, los concejales que hicieron uso de la palabra en nombre de cada uno de los tres bloques partidarios que lo conforman, expresaron su satisfacción por la notable y emocionante exposición de la vecina. Llevada a votación, los concejalos aprobaron la declaración por unanimidad.

Escuchá el audio de la fundamentación de la declaración por parte de la vecina Fernanda Rojas.

Video de la lectura y aprobación de la declaración:

 

El Concejo Deliberante de Esquel insta a la Legislatura que trate la Iniciativa Popular sin alterar el texto y espíritu original. La Asamblea del No a la Mina de Esquel presentó el proyecto en la banca del vecino y se aprobó por unanimidad. Compartí el vídeo!

Posted by Fmsol Esquel on jueves, 17 de marzo de 2016

El texto aprobado

Tema:

Tratamiento del Proyecto de Ley Nro. 075/14 de Iniciativa Popular

Visto:

Lo dispuesto por el art. 263 de la Constitución de la Provincia del Chubut y la Ley XVII Nro. 132, sancionada el día 5 de febrero de 2016 mediante la cual la Legislatura de la Provincia del Chubut deroga la Ley XVII Nro. 127.

Considerando:

Que el Proyecto de Ley por Iniciativa Popular Nro. 075/14 que establece parámetros de sustentabilidad ambiental en las explotaciones mineras, presentado bajo el cumplimiento de todas las normativas legales previstas con el trabajo de investigación, elaboración, redacción, confección de planillas y posterior recolección y certificación de firmas por parte de las Asambleas Ciudadanas de toda la Provincia del Chubut durante el año 2013 y principios del 2014, con el acompañamiento de las firmas de más de 13.000 ciudadanos, fue reemplazado en la sesión de tratamiento legislativo del día 25 de Noviembre de 2014 por un texto sustancialmente diferente, elaborado por un grupo de legisladores que finalmente se convirtió en la Ley XVII Nro. 127.

Que la Unión de Asambleas Ciudadanas del Chubut presentó un Recurso de Amparo contra la Provincia del Chubut por violación al derecho humano político de iniciativa popular y la falta de tratamiento del proyecto, solicitando la nulidad de la sesión de fecha 25/11/14 y por lo tanto de la Ley XVII Nº 127, del decreto promulgatorio y reglamentario, así como la realización de una nueva sesión que trate el proyecto tal cual fue presentado. También se pidió medida cautelar para suspender la efectividad y aplicación de esas normas mientras dure el amparo.

Que, de manera subsidiaria, se pidió la inconstitucionalidad de esas normas por violaciones a los derechos humanos, la omisión de consulta previa a los pueblos originarios, desconociendo lo establecido por el Convenio Nro. 169 de la OIT.

Que el voto en disidencia en la segunda instancia de la admisibilidad del amparo del Fiscal de la Cámara de Apelaciones del Noroeste de la Provincia del Chubut Dr. Günther Enrique Flass expresa: “La actora, en su escrito de demanda, pide amparo en defensa de varios derechos que son: 1) derecho individual, como firmante de una iniciativa popular a que se respete su voluntad; 2) derecho colectivo de consulta a los pueblos originarios; 3) derecho individual de incidencia colectiva al agua, a un ambiente sano y a la vida (fs. 61). Es por ello que pide la nulidad de la Ley XVII Nro. 127, por no haberse cumplido con el proceso constitucional y convencionalmente establecido; o su inconstitucionalidad por transgredir el derecho a la vida, al agua y a un ambiente sano. En este último sentido, advierte que la mencionada ley suspende la actividad minera por solo 120 días, plazo que estaría próximo a cumplirse. No se trata, entonces, de una acción de inconstitucionalidad o de nulidad autónoma, sino de un amparo en defensa de un interés individual, de incidencia colectiva, cuyo resguardo precisa, indefectiblemente, la declaración de inconstitucionalidad de la Ley XVII Nro. 127 o su nulidad”.

Que en marzo de 2015 fue presentado un Recurso de Casación en el cual se pide se declare admisible la acción de amparo considerando que es un recurso adecuado para propender a la protección de los derechos políticos, entre ellos, el de iniciativa popular.

Que fue presentado un Recurso de Apelación contra la Sentencia Interlocutoria (SI) Nro. 14/2015 por la Unión de Asambleas Ciudadanas Chubut pidiendo la nulidad del fraude legislativo del 25 de Noviembre de 2016.

Que la manipulación ejercida por las empresas mineras para el diseño de una ley a su medida, fue evidenciada por la difusión pública de una foto en la cual el Diputado Gustavo Muñiz recibía instrucciones de Gastón Berardi representante de la empresa Yamana Gold durante la sesión del 25 de noviembre de 2014 donde se aprobó la Ley XVII Nro. 127.

Que en las declaraciones públicas del Gobernador Mario Das Neves justificó los motivos por los cuales debía derogarse de la Ley XVII Nro. 127, refiriéndose al tratamiento de la Legislatura del Proyecto de Ley Nro. 075/14 de Iniciativa Popular expresando: “que lamentablemente fue bastardeada, manoseada y digitada incluso por operadores mineros”.

Que en reiteradas oportunidades este cuerpo legislativo, como representante de los vecinos de Esquel, se pronunció respecto a esta temática.

Que en tal sentido, por Ordenanza Nro. 33/03 se declaró a Esquel “Municipio no tóxico y ambientalmente sustentable” prohibiendo la realización de actividades que afecten negativamente el ambiente.

Que por Ordenanza Nro. 05/04 se declara el día 23 de Marzo “ Día de la Dignidad del Pueblo de Esquel” en conmemoración del la Consulta Popular celebrada en el año 2003, mediante la cual el 81% de la población se pronunció rotundamente contra el proyecto de instalación de un emprendimiento megaminero.

Que durante el año 2012 numerosas instituciones fijaron clara posición en contra de la Megaminería contaminante, de lo cual se hizo eco este Concejo Deliberante a través de la Comunicación Nro. 04/12 mediante la cual declara su adhesión y apoyo al documento hecho publico por la Sociedad de Pediatría sede Esquel, el Servicio de Pediatría y Neonatología del Hospital Zonal Esquel y los pediatras de la región Noroeste del Chubut.

Que por ordenanza Nro. 17/13 se declara de interés municipal todos los festejos del 10ª aniversario de la Consulta Popular del 23 de Marzo de 2003 y se instituyó el año 2013 como Año de Homenaje a la consulta Popular del 23 de Marzo de 2003.

Que por Ordenanza Nro. 24/14 el Concejo Deliberante de Esquel declaró vecina ejemplar de la ciudad a la señora Silvana Noemí Villivar, por haber llevado adelante la acción de amparo contra el emprendimiento megaminero en el año 2003, lo cual constituyó un formidable precedente jurisprudencial en materia de protección ambiental.

Que , con fecha 23 de Octubre de 2014 , en vísperas del tratamiento del Proyecto de Ley Nro. 075/14 en el ámbito de la Legislatura de la Provincia, este cuerpo se pronunció a través de la comunicación Nro.08/14, mediante la cual otorga su apoyo a la iniciativa popular que promovió dicho proyecto y solicita a los señores diputados provinciales que “reciban a los representantes de la Unión de Asambleas Ciudadanas del Chubut para abordar de manera respetuosa, plural y democrática el proyecto de ley tendiente a establecer parámetros de sustentabilidad ambiental.”

Que ante la derogación de la Ley XVII Nro. 127 se hace necesario que la Legislatura Provincial dé cumplimiento a lo dispuesto en la Constitución de la Provincia y continúe con el trámite de tratamiento del Proyecto de Ley Nro. 075/14.

Que las medidas en defensa del Ambiente y de apoyo a las actividades productivas ambientalmente sustentables constituyen “Política de Estado” en nuestra ciudad, como se desprende claramente de la reseña normativa que antecede.

Que en el mismo sentido estos principios quedaron plasmados en la Carta Orgánica de nuestra ciudad -aún en trámite de aprobación por la Legislatura- declarando a Esquel en su artículo 1ª “Municipio no nuclear, no tóxico y ambientalmente sustentable”.

Que es deber de este Concejo Deliberante dar continuidad a dichas políticas.

Que este cuerpo comparte la honda preocupación manifestada por su Santidad el Papa Francisco en su Encíclica “Laudato Si”, en relación a la cuestión ambiental y del cuidado de la casa común y en contra del impacto altamente negativo que produce la Megaminería contaminante, haciéndose eco del pronunciamiento efectuado por los obispos de la región Patagonia-Comahue, en su Mensaje de Navidad de diciembre de 2009.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona la presente

DECLARACIÓN

Art. 1: Instar a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut a dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 263 de la Constitución Provincial continuando con el trámite parlamentario iniciado en el Proyecto de Ley Nro. 075/14 de Iniciativa Popular dando aprobación al mismo tal cual fue presentado, con las adecuaciones técnicas que correspondan sin alterar el espíritu del proyecto ingresado.

Art. 2: Remítase copia de la presente Comunicación a la Presidencia de la Honorable Legislatura de Chubut, a los diferentes Bloques que integran la misma y demás Concejos Deliberantes de la Provincia.

Art. 3: Regístrese, comuníquese y , cumplido, archívese.

 

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