La ley 685 de 2001 contiene las normas que regulan la explotación minera en Colombia. Es un Código que sustituyó el primer conjunto de normas sobre la materia, la Ley 2655 de 1988 o primer Código minero nacional. La ley vigente establece criterios sobre la propiedad estatal minera, el derecho a explotar, las zonas reservadas, excluidas y restringidas, el contrato de concesión minera, los asuntos ambientales y las licencias mineras.

 

Por Horacio Duque publicado por Agencia de Noticias Nueva Colombia, ANNCOL
Hay consenso respecto de las limitaciones de dicha normatividad en lo relacionado con la protección de los ecosistemas estratégicos, los paramos y otros recursos ambientales.

Recientemente se hizo una reforma mediante la Ley 1382 de 2010, pero la misma fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, pues su aprobación omitió el requisito de la consulta previa con las comunidades indígenas y los grupos afrodescendientes.

CON LAS TENDENCIAS que ofrece la economía global en que el nuevo paradigma biotecnológico está resignificando aquellos recursos naturales “no aprovechados” o territorios “improductivos” insertándolos en un registro de valorización capitalista, dado el carácter antropocéntrico de la visión dominante sobre la naturaleza como canasta de recursos y a la vez como capital, que en nuestro caso cobró la forma de una Locomotora minera para hacernos exportadores de naturaleza, los efectos son de diversa índole, afectando recursos ambientales, factores industriales y procesos agrarios, propiciando una generalizada movilización social y demandas de comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes.

Parte de la agitación sociopolítica es la controversia sobre el Código minero, su eventual reforma y la conformación de instituciones modernas que protejan los intereses comunales de la sociedad colombiana.

LA EXUBERANCIA MINERA disparó la codicia de las multinacionales con proyectos de explotación que omiten consideraciones ambientales, económicas y sociales.

La Colosa, Marmato, San Turban, Suárez, Barbacoas, son explotaciones de oro a cielo abierto con impactos ambientales demoledores en los recursos hídricos, en la fauna, la flora y los bosques protegidos. Las economías campesinas son arrasadas, la seguridad alimentaria se omite, la revaluación del peso y la “enfermedad holandesa” arruinan la industria y la agricultura tradicional.

En el afán por atraer la inversión extranjera se han establecido “áreas estratégicas mineras” con las que se pretende expandir la minería en zonas ricas por su biodiversidad, como son la Amazonía y el Choco, con 18 millones de hectáreas disponibles.

COLOMBIA NECESITA PROTEGERSE ante esta avalancha explotadora de los recursos naturales y parte de la reacción es adoptar un adecuado Código minero, en cuya aprobación debe participar todo el pueblo mediante foros, asambleas y escenarios de decisión democrática.

Un nuevo Código para la minería debe fijar reglas claras de protección ambiental, de impuestos y regalías que beneficien a toda la nación. Un paso en tal dirección consiste en establece una moratoria minera sobre la Amazonía y el Choco dado el valor estratégico de tales áreas. Es que la paz también hay que hacerla con la naturaleza, la cual está siendo violentada por el voraz modelo neoliberal del señor Santos.