Sin alterar el marco jurídico de fondo, como el Código de Minería o el cúmulo de leyes que respaldan el saqueo y la contaminación, el oficialismo estudia en el Congreso un proyecto de un diputado opositor para avanzar sobre el sector minero. La iniciativa del diputado Mauricio Ibarra (Frente Peronista-San Juan) propone la creacion de la llamada Compañía Minera Argentina Sociedad Anónima (COMINAR S.A.), la que tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, exploración, explotación, transporte, almacenamiento, fundición, refinación, industrialización y comercialización de de las sustancias minerales y sus derivados. El 51% pertenecerá al Estado nacional y 49 % restante será distribuirá entre todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

fuente: Uregente 24

30/05/2012. Fue un anticipo de Estela Carlotto, Abuela de Plaza de Mayo, al diario español El País, luego del anuncio de expropiación de acciones de Repsol en YPF: habría novedades sobre la minería.

Al final de la nota, cuando entrevista y periodista abordaron el tema de la expropiación de YPF, Carlotto hizo una declaración reveladora: “Vendrán más. Ahora, las minerías. Pero eso no tiene nada que ver con las relaciones entre argentinos y españoles, que seguirán siendo buenas”.

En el Congreso de la Nacion circula un proyecto para la creacion de la llamada Compañía Minera Argentina S.A. (COMINAR S.A.) la que tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, exploración, explotación, transporte, almacenamiento, fundición, refinación, industrialización y comercialización de de las sustancias minerales y sus derivados. La Sociedad podrá realizar cualquiera de las actividades previstas en su objeto, tanto en el país como en el extranjero.

Luego de que el diario oficialista BAE difundiera la noticia, Urgente24 ubicó el texto del proyecto, que se reproduce aquí.

El proyecto, presentado por el diputado Mauricio Ibarra, alineado con el Frente Peronista (ex Peronismo Federal) establece que COMINAR S.A. concentrará en forma prioritaria sus recursos en cualquier segmento de la cadena de valor de las sustancias minerales y sus derivados extraídas por terceros, especialmente en los procesos de fundición, refinación, industrialización y comercialización de los minerales y sus derivados.

De todas maneras, esta creación de COMINAR S.A deberá obviamente recibir el visto bueno del bloque del oficialismo en la Comisiones de Mineria, legislacion general y presupuesto y Hacienda.

El antecedente más reciente en este objetivo de ampliar la regulación sobre el sector fue la publicación a comienzos de esta semana en el Boletín Oficial de dos resoluciones de la Secretaría de Minería en las que se dispuso por un lado que las firmas deberán instrumentar un departamento interno de sustitución de importaciones e informar con cuatro meses de anticipación qué productos pretenden adquirir en el exterior. Por otro lado, se las obligó a contratar fletes nacionales para sus exportaciones.

Segun la iniciativa del diputado Mauricio Ibarra Cominar S.A. tendría un 51% de las acciones en manos estatales, de las cuales en su mayoría corresponderían a la Nación y el resto estaría repartido con las provincias. La otra parte se ofrecería en oferta pública, tanto en el mercado local como en Bolsas extranjeras

Por eso en su articulo 3 se dispone que el Estatuto de la Sociedad contendrá los requisitos exigidos por la Ley de Sociedades Comerciales, con sujeción a las siguientes pautas:

> Razón Social: Compañía Minera Argentina S.A. (COMINAR S.A.)

> El Capital Social estará representado por acciones.

Las acciones clase “A”: Serán ordinarias, de 1 voto por acción, intransferibles, y representarán 51 % del Capital Societario y serán distribuidas del siguiente modo: el 51% pertenecerá al Estado nacional y 49 % restante será distribuirá entre todas las provincias y la Cuidad Autónoma de Buenos Aires que decidan suscribir dichas acciones.

La reglamentación deberá contemplar las condiciones de suscripción de dichas acciones entre las provincias, asegurando que se realice en forma equitativa, teniendo asimismo en cuenta para tal fin los niveles de reservas comprobadas y los yacimientos minerales en explotación existentes en sus territorios.

Se requerirá ell voto de la totalidad de ellas en las Asambleas para que se resuelva válidamente en los siguientes temas:

> Presentación en concurso o quiebra;

> Modificación del Estatuto y/o el aumento de capital;

> Disolución anticipada de la sociedad;

> Cualquier acto societario que implique poner en peligro el patrimonio social y/o la prosecución del objeto principal de esta sociedad;

> Cambio de domicilio y/o jurisdicción.

Tambien la iniciativa contempla el tipo de acciones Clase “B” que seran de un 49 % del Capital Social y puesto a la oferta publica. Dichas Acciones serán preferidas patrimoniales, sin derecho a voto.

La preferencia patrimonial consiste en la antelación del reembolso de su valor nominal, en el caso de liquidación y en el cobro de dividendos preferenciales, consistiendo el pago de estos con igual paso con las acciones ordinarias, más una proporción del 5 % por cada unidad.