Silvana Villivar fue declarada “Vecina Ejemplar” por el Concejo Deliberante de Esquel en decisión unánime durante la sesión de este jueves 27 de marzo. En diciembre de 2002, al calor de la creciente movilización de los esquelenses contra el proyecto minero, con solo tenía 21 años de edad, Silvana firmó la acción de amparo ambiental que patrocinaron los abogados Rosa Chiquichano y Gustavo Macayo. A raíz de sucesivas apelaciones del gobierno provincial y la minera, fue la Corte Suprema de la Nación la que dejó fime la determinación de la justicia chubutense que detuvo judicialmente el emprendimiento minero en el Cordón Esquel que pretendía concretar Minera El Desquite S.A., subsidiaria de la canadiense Meridian Gold, para explotar oro, plata y otros metales.

Por: Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Esquel por el NO A LA MINA

Mientras la población de Esquel debatía en asambleas, marchaba y resistía en las calles y ante los gobernantes dando que hablar a todo el país, el amparo -con la distante e impersonal denominación de “caso Villivar” en la jerga judicial- atravesó todas las instancias debido a las sucesivas apelaciones y recursos que plantearon la provincia de Chubut junto con Minera El Desquite S.A., subsidiaria de la canadiense Meridian Gold adquirida luego por Yamana Gold.

Después de cuatro años y medio de escalar tribunales jerárquicos, el 17 de abril de 2007 la Corte Suprema de Justicia de la Nación en fallo unánime, dejó firme el amparo que detiene los trabajos mineros en el Cordón Esquel. El caso es considerado referente en materia ambiental y es objeto de estudio en las ciencias jurídicas y sociales. Leer el fallo.

Además, en su fallo la Corte confirmó la validez de la ley provincial 5001 que prohíbe las explotaciones de minería metalífera a cielo abierto y el uso de cianuro en todo Chubut y ratificó que la legislación ambiental de la provincia no colisiona con el Código de Minería ya que es potestad de las provincias legislar complementariamente normas nacionales en virtud del Art. 41 de la Constitución Nacional.

El proyecto aprobado en el Concejo Deliberante fue presentado por el concejal Osvaldo González Salinas del Frente Vecinal Esquel impulsando el reconocimiento a la vecina Silvana Villivar.

Un proyecto similar había sido presentado en 2006 mediante la Banca del Vecino, pero en aquella oportunidad el proyecto de un grupo de vecinos no pudo ser aprobado ya que sólo contó con el apoyo de las concejales del Frente Vecinal, María Mirta Rodríguez y Viviana Moreno y el rechazo de los bloques del PJ y la UCR.

Texto de la Ordenanza

VISTO:

La Ordenanza Nro. 09/02 de Distinciones y Menciones en su Artículo 4, y

CONSIDERANDO:

Que a fines del año 2002 la vecina Silvana Noemí Villivar, mediante Expediente Judicial N° 1365/02, interpuso Acción de Amparo contra el emprendimiento minero “Cordón Esquel”, en el marco de la campaña plebiscitaria que culminó con la Consulta Popular del 23 de marzo de 2003.

Que la referida acción judicial resultó favorable a la petición de la vecina, constituyendo un hito de suma importancia en la protección del ambiente.

Que el “caso Villivar” constituye un formidable precedente en la protección ambiental, siendo objeto de estudio en la materia.

Que con ejemplar actitud ciudadana asumió la responsabilidad de aceptar el desafío de comprometerse con su comunidad amenazada, superando así la inacción de algunos de los representantes que lamentablemente no estuvieron a la altura de las circunstancias.

Que de esa manera la vecina Villivar contribuyó humildemente, con esa acción, a poner en valor los instrumentos de la verdadera democracia participativa.

Que esta actitud, materialmente desinteresada, pero moralmente superlativa, logró que la justicia valorara su pretensión, suspendiendo las tareas mineras.

Que en la actualidad la Sra. Villivar no reside en nuestra ciudad, hecho que no debe obstar al reconocimiento que aquí se propone, ya que por su desinteresada actitud, siempre seguirá siendo nuestra vecina.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI N°46, sanciona la presente

ORDENANZA

Art. 1° – DECLARASE Vecina Ejemplar de la Ciudad de Esquel a SILVANA NOEMÍ VILLIVAR

Ella

Por algunos acontecimientos de estos días y cuando mi hija la nombró, pensé en ella.

Tenemos una vecina que se la juega, pero que se la juega por todos.

Como sé que no quiere estar en boca de nadie, por generosa y sencilla nada más, sólo puedo decir que se llama Silvana, disculpen.

No quiere reportajes, mucho menos salir en cámara. Creo que si le preguntan por algún sponsor, en confianza dice que le alcanza con la gente de Esquel.

Si se la cruzan por la calle, creo que pocos en la ciudad saben que es ella.

Apenas tenía 21 años, justo la pomposa mayoría de edad legal, cuando por diciembre del 2002 dijo -claramente decidida- que ella se presentaba como demandante en el amparo ambiental. Sí, el amparo que frena el emprendimiento minero que todavía quieren imponernos por estos pagos.

¿Qué habrá sentido en el momento de firmarlo antes que se presentara en el juzgado?

¿Qué sentirá ahora que es mamá? En ese tiempo quizás ni lo imaginaba, pero ¿su intuición le habrá marcado que debía proteger a nuestros hijos –y entonces el de ella- de esa amenaza?

Por un instante ¿se imaginan ser ella cuando por entonces el reclamo crecía pero también dudábamos de los caminos a seguir?

Decir que tenemos una deuda, promover una caravana para agradecerle o discursear sobre su ejemplo, no es que sea exagerado, me parece que es caer en un lugar común.

Declararla no sé qué para los vecinos pudo haber sido una buena intención pero ella ya tiene valores hermosos sin más ilustres títulos ni trámites institucionales. Aunque un puñado de cobardes de la politiquería y algún mercenario del micrófono intentaron lastimarla para lastimarnos a todos.

Ese amparo, todavía firme en la justicia, ocupa un lugar demasiado grande en esta lucha de tantos. Y ella camina como una más por la calle, tranquila, como si nada.

Yo le estoy agradecido.

Perdón, le estamos agradecidos.

Alejandro

Mayo 2006